Tratado de Ciencia Constitucional - Tomo I Autor: Fecha de publicación: Edición: ISBN: Portada:
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Reseña
Este "Tratado de Ciencia Constitucional", sirvió de texto a varias generaciones de abogados, políticos y funcionarios de la administración pública colombiana, como lo expresara en su "Galería Nacional de Hombres Ilustres o Notables" don José Maria Samper en 1879.
Con aprecio, don Cerbeleón es citado orgullosamente como profesor de derecho público del presidente Carlos Holguín Mallarino (1888-1892) y seguramente con este alumno, también utilizó otra de sus obras, el "Catecismo republicano para la instrucción popular", en el cual Pinzón expresaba que:
"El sistema republicano es el más favorable a la garantía de los derechos individuales, la vida, la libertad, la seguridad, la igualdad, la reputación i la condición doméstica; i como la protección i el goce efectivo de estos derechos es el gran fin con que se establecen los gobiernos, el gobierno republicano es el mejor de los que conocen los hombres. Si los derechos de la humanidad, si la dignidad del hombre, si las libertades públicas, i el progreso social merecen i deben ser atendidos, el sol no debiese brillar sino sobre las repúblicas, ni el aire debería batir otras banderas que la república".<
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Contenido
Parte Primera
Nociones preliminares
Capítulo Primero
De la ciencia constitucional i de sus relaciones con la administrativa, i la políticaCapítulo Segundo
De los principiosCapítulo Tercero
Del poder de constituir i gobernar, ó de la soberaníaCapítulo Cuarto
Análisis de la soberaníaCapítulo Quinto
De la soberanía considerada en su ejercicio, ó del gobierno en generalCapítulo Sexto
Del sistema representativo, i de los gobiernos de derechoCapítulo Séptimo
De la Constitución
Parte Segunda
Principios jenerales de organización política
Capítulo Primero
De los derechos esenciales que debe asegurar toda constitución, i de los deberes igualmente esenciales que debe imponerCapítulo Segundo
De las diferentes constituciones ó formas de gobiernoCapítulo Tercero
De la forma de gobierno i de las autoridades constitucionales que deben establecerseTratado Primero – Poder lejislativo
Capítulo Cuarto
Del lugar i periodos de la reunion del cuerpo lejislativo, i de su division en dos cámarasCapítulo Quinto
De las condiciones que deben requerirse en los miembros del cuerpo lejislativoCapítulo Sexto
De algunos otros principios importantes sobre la misma materiaCapítulo Séptimo
De las atribuciones del cuerpo lejislativo, i del modo de desempeñarlasTratado Segundo – Organización del poder ejecutivo nacional
Capítulo Octavo
De la transmisión del poder ejecutivo nacionalCapítulo Noveno
De las calidades del poder ejecutivo nacionalCapítulo Décimo
De las facultades i deberes del poder ejecutivo nacionalCapítulo Undécimo
De la indemnización ó sueldo del poder ejecutivo nacionalCapítulo Duodécimo
De las personas auxiliares del poder ejecutivoCapítulo Décimotercio
Del consejo del poder ejecutivoCapítulo Décimocuarto
De los secretarios del poder ejecutivoCapítulo Décimoquinto
De los ajentes del poder ejecutivo nacionalCapítulo Décimosexto
Del ejecutivo suplente
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Autor